Refugios para colonias felinas: la solución responsable

¿Cumple tu municipio con la Ley 7/2023?

Te ayudamos a cumplir con todas las obligaciones de forma sencilla y legal.

Lo que exige la ley

Aplicación del método CER

Refugios adecuados y puntos de alimentación controlados

Registro de colonias y gatos identificados

Formación de voluntarios y técnicos municipales

Colaboración con entidades de protección animal

En Confort Pet sabemos que los refugios son solo una parte de la solución.

La Ley 7/2023, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, obliga a los ayuntamientos a gestionar éticamente las colonias felinas de su municipio. Esto implica aplicar el método CER, registrar e identificar a los gatos, garantizar su alimentación y cobijo, y colaborar con protectoras y voluntarios.

Aunque la ley no menciona de forma literal la obligación de instalar refugios, sí impone la necesidad de ofrecer abrigo y condiciones adecuadas de bienestar. Por tanto, los refugios se convierten en una herramienta imprescindible para cumplir la norma.

Además, la legislación prohíbe expresamente el sacrificio de animales sanos y fomenta la implicación de la ciudadanía en la gestión responsable. Disponer de refugios es también una forma de prevenir el abandono y demostrar sensibilidad institucional ante un problema social creciente.

A qué te expones si tu ayuntamiento no cumple con la ley

La ley establece de forma expresa que son los entes locales quienes deben identificar, registrar y esterilizar a los gatos comunitarios (art. 38.1). El incumplimiento de estas obligaciones puede derivar en:

Sanciones administrativas por parte de la Comunidad Autónoma.

Requerimientos desde la Administración General del Estado si se detecta maltrato o desprotección (art. 66.2).

Sanciones económicas por infracciones

El régimen sancionador (arts. 73 a 76) contempla:

Infracciones leves: multas de 500 a 10.000 €.

Infracciones graves: entre 10.001 y 50.000 €.

Infracciones muy graves: hasta 200.000 €.